Df 2 el que se crea el Registro de Uniones de Hecho en Castilla y Leon y se regula su funcionamiento
Df 2 el que se crea el Re...ionamiento

Df 2 el que se crea el Registro de Uniones de Hecho en Castilla y Leon y se regula su funcionamiento

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D.F. 2ª.

Vigente

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El presente Decreto entrará en vigor a los 60 días naturales de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 24 de octubre de 2002.

El Presidente de la Junta de Castilla y León,

Fdo..

Juan Vicente Herrera Campo

El Consejero de Presidencia y Administración Territorial,

Fdo.: Alfonso Fernández Mañueco