Df 2 Cooperativas de Cataluña

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D.F. 2ª. Entrada en vigor.

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La presente Ley entra en vigor al día siguiente de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».

Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley cooperen en su cumplimiento y que los tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.

Palacio de la Generalidad, 5 de julio de 2002.

LLUÍS FRANCO I SALA,

JORDI PUJOL,

Consejero de Trabajo

Presidente

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-07-2002 en vigor desde 17-10-2002