Df 2 Cooperación para el desarrollo
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D.F. 2ª

Vigente

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Esta ley entrará en vigor al día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos guarden esta Ley y que los Tribunales y las Autoridades a los que correspondan la hagan guardar.

Palma, veintiuno de junio de dos mil cinco.

EL PRESIDENTE,

Jaume Matas Palou.

La Consejera de Presidencia y Deportes,

Mª Rosa Puig Oliver.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-06-2005 en vigor desde 01-07-2005