Df 2 Cooperación para el desarrollo
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»D.F. 2ª
Vigente
Esta ley entrará en vigor al día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos guarden esta Ley y que los Tribunales y las Autoridades a los que correspondan la hagan guardar.
Palma, veintiuno de junio de dos mil cinco.
EL PRESIDENTE,
Jaume Matas Palou.
La Consejera de Presidencia y Deportes,
Mª Rosa Puig Oliver.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-06-2005 en vigor desde 01-07-2005