Df 2 Contenido mínimo de la documentación necesaria para la elaboración de los informes a los estudios de impacto ambiental a los que se refiere el art. 11 de la Ley 4/1998, del Patrimonio Cultural
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»DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Entrada en vigor.
Vigente
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Valencia, 10 de diciembre de 2010
El president de la Generalitat,
Francisco Camps Ortiz.
La consellera de Cultura y Deporte,
Trinidad María Miró Mira.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-12-2010 en vigor desde 15-12-2010