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Df 2 Consejo Vasco de Cooperacion para el Desarrollo

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DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.

Vigente

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El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 16 de septiembre de 2008.

 

El Lehendakari,
Juan José Ibarretxe Markuartu.
El Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales,
Javier Madrazo Lavín.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-10-2008 en vigor desde 17-09-2008