Df 2 Consejo Económico y Social de Canarias
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»D.F. 2ª.
Vigente
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, cooperen en su cumplimiento y que los Tribunales y Autoridades a los que corresponda la cumplan y hagan cumplir.
Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de abril de 1992. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Jerónimo Saavedra Acevedo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 01-05-1992 en vigor desde 02-05-1992