Df 2 Condiciones de dimensionamiento, de higiene y de instalaciones para el dise...las de habitabilidad
Df 2 Condiciones de dimensionamiento, de higiene y de instalaciones para el diseño y la habitabilidad de viviendas así como la expedición de cedulas de habitabilidad
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»D.F. 2ª.
Vigente
El presente Decreto entrará en vigor a los dos meses a contar desde su completa publicación en el BOCAIB.
Palma, a 21 de noviembre de 1997
EL PRESIDENTE
Fdo: Jaime Matas Palou
El Consejero de Fomento
Fdo: Juan Verger Pocoví
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-12-1997 en vigor desde 06-02-1998