Df 2 Completa el régimen jurídico para la aprobación de cambios de espacio aéreo y procedimientos civiles de vuelo
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»D.F. 2ª. Revisión del periodo de uso y horario de activación de las estructuras de espacio aéreo ya publicadas.
Vigente
CIDETMA establecerá un calendario en el plazo de dos años desde la entrada en vigor del presente real decreto, para revisar, y modificar si es necesario, los periodos de uso y los horarios de aplicación/activación de las estructuras de espacio aéreo a las que sea de aplicación y que hayan sido publicadas en AIP antes de la entrada en vigor del mismo.