Df 2 Comercio de C. Valenciana
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor
Vigente
La presente ley entrará en vigor en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos, tribunales, autoridades y poderes públicos a los que corresponda, observen y hagan cumplir esta ley.
Valencia, 23 de marzo de 2011
El president de la Generalitat,
FRANCISCO CAMPS ORTIZ
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-03-2011 en vigor desde 25-04-2011