Df 2 Código de Conducta d...rdia Civil

Df 2 Código de Conducta del personal de la Guardia Civil

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D.F. 2ª. Facultad de desarrollo normativo.

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1. Se faculta a las personas titulares de los Ministerios de Defensa y del Interior para dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, o proponer conjuntamente, las disposiciones necesarias para el desarrollo de este real decreto.

2. Igualmente, se faculta a la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil para dictar las instrucciones necesarias para promover la difusión y aplicación del Código de Conducta y su Decálogo, que se aprueban con este real decreto.