Df 2 Caza y Pesca Fluvial

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D.F. 2ª.

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Se autoriza al Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-12-2003 en vigor desde 10-05-2004