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Df 2 Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General

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D.F. 2ª. Modificaciones del Decreto Foral 168/1990, de 28 de junio, por el que se regulan las ayudas individuales y familiares en materia de servicios sociales.

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El Decreto Foral 168/1990, de 28 de junio, por el que se regulan las ayudas individuales y familiares en materia de servicios sociales, queda modificado como sigue:

Uno.-Se modifica el apartado 3 del artículo 8, que queda redactado en los siguientes términos:

"3. Serán beneficiarios de estas ayudas quienes se encuentren en la situación descrita en el apartado 1 de este artículo, debiendo reunir los siguientes requisitos:

-Ser mayor de 18 años y menor de 65 años.

-Acreditar residencia efectiva en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud de la ayuda.

-Haber solicitado previamente de cualquiera de las administraciones y de la Seguridad Social las pensiones o subsidios de cualquier índole que le pudieran corresponder.

-Encontrarse en situación de grave exclusión social y carecer de recursos suficientes para afrontar el coste de las necesidades básicas de supervivencia.

-No tener un deterioro que le impida llevar una vida autónoma en un entorno normalizado.

-Ser tramitada su solicitud desde un Servicio Social de Base y estar incluida en el programa de incorporación social del mismo."

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-07-2008 en vigor desde 10-07-2008