Df 2 Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General
D.F. 2ª. Modificaciones del Decreto Foral 168/1990, de 28 de junio, por el que se regulan las ayudas individuales y familiares en materia de servicios sociales.
El Decreto Foral 168/1990, de 28 de junio, por el que se regulan las ayudas individuales y familiares en materia de servicios sociales, queda modificado como sigue:
Uno.-Se modifica el apartado 3 del artículo 8, que queda redactado en los siguientes términos:
"3. Serán beneficiarios de estas ayudas quienes se encuentren en la situación descrita en el apartado 1 de este artículo, debiendo reunir los siguientes requisitos:
-Ser mayor de 18 años y menor de 65 años.
-Acreditar residencia efectiva en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud de la ayuda.
-Haber solicitado previamente de cualquiera de las administraciones y de la Seguridad Social las pensiones o subsidios de cualquier índole que le pudieran corresponder.
-Encontrarse en situación de grave exclusión social y carecer de recursos suficientes para afrontar el coste de las necesidades básicas de supervivencia.
-No tener un deterioro que le impida llevar una vida autónoma en un entorno normalizado.
-Ser tramitada su solicitud desde un Servicio Social de Base y estar incluida en el programa de incorporación social del mismo."
- Texto Original. Publicado el 09-07-2008 en vigor desde 10-07-2008