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Df 2 Cambio climático y la transición ecológica

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D.F. 2ª. Entrada en vigor

Vigente

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1. Esta ley entra en vigor el día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

2. Sin embargo, las siguientes previsiones producirán efectos a partir de las fechas que se indican a continuación:

a) Las relativas al cálculo y registro de la huella de carbono del artículo 27, los apartados a y b del artículo 28.4 y el apartado 5 del artículo 30 de esta ley, a partir del 1 de enero de 2025.

b) Las relativas a la obligación de reducción de emisiones de los apartados c y d del artículo 28.4 y el artículo 28.6 de esta ley, a partir del 1 de enero de 2025.

c) Las relativas a los sistemas de gestión energética del artículo 36 de esta ley, a partir del 1 de enero de 2025.

d) Las relativas a la instalación de generación de energía solar fotovoltaica en cubiertas y aparcamientos de los apartados 1 y 5.b del artículo 55 de esta ley, a partir del 1 de enero de 2025; y las relativas a la instalación de generación de energía solar fotovoltaica en cubiertas del apartado 5.a del artículo 55, a partir del 1 de enero de 2028.

e) Las relativas a la justificación del uso de combustibles fósiles en las nuevas instalaciones térmicas de los apartados 1 y 2 del artículo 59 de esta ley, a partir del 1 de enero de 2025.

f) Las relativas a las edificaciones de consumo energético casi nulo del artículo 33.2 de esta ley, en caso de edificaciones de titularidad privada, a partir del 1 de enero de 2025.

g) Las relativas a los impuestos previstos en la sección segunda, tercera y cuarta del capítulo II del título VI a partir del 1 de enero de 2025.

3. El artículo 55 de esta ley se entiende aplicable también a las instalaciones que se hayan autorizado en los dos años anteriores a la entrada en vigor de esta ley.

Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos y todas las ciudadanas, tribunales, autoridades y poderes públicos a los que corresponda, observen y hagan cumplir esta ley.

València, 5 de diciembre de 2022

El president de la Generalitat

Ximo Puig i Ferrer

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-12-2022 en vigor desde 10-12-2022