Df 2 Cámaras Oficiales de... de Murcia

Df 2 Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Murcia

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D.F. 2ª. Entrada en vigor.

Vigente

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La presente ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan y a los Tribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir.

Murcia, a 30 de marzo de 2015.- El Presidente, Alberto Garre López

NPE: A-060415-4097

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-04-2015 en vigor desde 26-04-2015