Df 2 Asistencia jurídica al Estado e instituciones públicas
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»D.F. 2ª. Adaptaciones presupuestarias.
Vigente
Por el Ministerio de Economía y Hacienda, así como por los demás Ministerios afectados, se realizarán las modificaciones presupuestarias, transferencias y habilitaciones de créditos que sean precisas para el cumplimiento de lo previsto en esta Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-11-1997 en vigor desde 18-12-1997