Df 2 Se amplía el plazo de aplicación del tipo cero en el IGIC, a la importación o entrega de determinados bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19, y se unifica su regulación
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
Vigente
El presente Decreto ley entrará en vigor el día 1 de enero de 2022.
Dado en Canarias, a 23 de diciembre de 2021.
EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Ángel Víctor Torres Pérez.
EL VICEPRESIDENTE Y CONSEJERO
DE HACIENDA PRESUPUESTOS Y
ASUNTOS EUROPEOS,
Román Rodríguez Rodríguez.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-12-2021 en vigor desde 01-01-2022