Df 2 Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 2ª.
Vigente
La presente Leyentrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Por consiguiente, ordeno a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi, particulares y autoridades, que la guarden y hagan guardarla.
Vitoria-Gasteiz, a 23 de junio de 2008.
El Lehendakari,
JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.
Materias:
LEGISLACION; COOPERACION INTERNACIONAL; ASISTENCIA SOCIAL; TERCER MUNDO
Referencias Anteriores:
Véase LEY 200700001 de 22/02/2007 publicada con fecha 08/03/2007 [200701441]
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-07-2008 en vigor desde 11-07-2008