Df 2 Abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo
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»D.F. 2ª
Vigente
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Palma de Mallorca a 28 de julio de 1989.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno,
VIRGILIO ZAPATERO GÓMEZ
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-08-1989 en vigor desde 16-08-1989