Df 19 Presupuestos 2020 I Balears

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D.F. 19ª. Modificaciones del Decreto 42/2016, de 15 de julio, por el que se crea la ayuda económica de carácter social, complementaria de las pensiones no contributivas

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1. La letra a) del artículo 3 del Decreto 42/2016, de 15 de julio, por el que se crea la ayuda económica de carácter social, complementaria de las pensiones no contributivas, queda modificada de la manera siguiente:

a) Las personas que ya son beneficiarias de alguna prestación económica periódica de las que únicamente gestiona la consejería competente en materia de servicios sociales.

2. El apartado 1 del artículo 7 del mencionado Decreto 42/2016 queda modificado de la manera siguiente:

1. Las personas que describe el artículo 3 presentarán las solicitudes de la prestación según el modelo normalizado, que tendrán a su disposición en las dependencias y en la página web de la consejería competente en materia de servicios sociales.

3. El artículo 9 del mencionado Decreto 42/2016 queda modificado de la manera siguiente:

Artículo9

Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes será del 1 de febrero al 31 de marzo de cada año, ambos incluidos.

4. El apartado 3 del artículo 13 del mencionado Decreto queda modificado de la manera siguiente:

3. El plazo máximo para dictar la resolución y notificarla será de dos meses a contar desde la fecha de entrada de la solicitud de la prestación en el registro del órgano competente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2019 en vigor desde 01-01-2020