Df 19 Presupuestos 2020 I. Balears
D.F. 19ª. Modificaciones del Decreto 42/2016, de 15 de julio, por el que se crea la ayuda económica de carácter social, complementaria de las pensiones no contributivas
1. La letra a) del artículo 3 del Decreto 42/2016, de 15 de julio, por el que se crea la ayuda económica de carácter social, complementaria de las pensiones no contributivas, queda modificada de la manera siguiente:
a) Las personas que ya son beneficiarias de alguna prestación económica periódica de las que únicamente gestiona la consejería competente en materia de servicios sociales.
2. El apartado 1 del artículo 7 del mencionado Decreto 42/2016 queda modificado de la manera siguiente:
1. Las personas que describe el artículo 3 presentarán las solicitudes de la prestación según el modelo normalizado, que tendrán a su disposición en las dependencias y en la página web de la consejería competente en materia de servicios sociales.
3. El artículo 9 del mencionado Decreto 42/2016 queda modificado de la manera siguiente:
Artículo9
Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será del 1 de febrero al 31 de marzo de cada año, ambos incluidos.
4. El apartado 3 del artículo 13 del mencionado Decreto queda modificado de la manera siguiente:
3. El plazo máximo para dictar la resolución y notificarla será de dos meses a contar desde la fecha de entrada de la solicitud de la prestación en el registro del órgano competente.
- Texto Original. Publicado el 31-12-2019 en vigor desde 01-01-2020