Df 18 Simplificación administrativa
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»D.F. 18ª. Desarrollo reglamentario.
Vigente
Se faculta al Gobierno de Aragón y a los titulares de los departamentos en sus respectivos ámbitos de competencias para dictar cuantas disposiciones fueran necesarias para el desarrollo y ejecución de esta ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-02-2021 en vigor desde 23-02-2021