Df 17 Servicios sociales de I Balears
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D.F. 17ª Potestad reglamentaria

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Se faculta al Gobierno de las Illes Balears para dictar las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para desarrollar y aplicar esta ley, dentro del marco competencial que establece el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-06-2009 en vigor desde 18-08-2009