Df 17 Medidas Tributarias...017 C León

Df 17 Medidas Tributarias y Administrativas 2017 C. León

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D.F. 17ª. Modificación de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de Castilla y León.

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1. Se modifica el apartado 2 del artículo 15 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, en los siguientes términos:

"2. La convocatoria deberá publicarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y un extracto de la misma en el Boletín Oficial de Castilla y León , de acuerdo con lo establecido en el apartado 8 del artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Igualmente, las convocatorias serán objeto de publicación en la sede electrónica o página web del organismo convocante."

2. Se modifica el apartado 3 del artículo 27 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, en los siguientes términos:

"3. Las subvenciones concedidas, además de la publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.8,b) de la

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, serán objeto de publicidad en la sede electrónica o página web del órgano concedente, de conformidad con lo previsto en el apartado 4 del artículo 5 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno."

3. Se modifica el artículo 46 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, que queda redactado en los siguientes términos:

"Artículo 46. Determinación del cumplimiento de condiciones.

Realizadas por el órgano gestor las comprobaciones a que se refieren los artículos anteriores, si de ellas resulta el cumplimiento de las condiciones establecidas en cada caso, éste órgano otorgará la conformidad a la justificación presentada por el beneficiario, realizándose la correspondiente liquidación. De lo contrario, se iniciará el procedimiento a que se refiere el título siguiente.

La declaración de conformidad del órgano gestor se entenderá sin perjuicio de las actuaciones de control financiero permanente y de control financiero de subvenciones que, en el ejercicio de sus competencias, lleve a cabo con posterioridad la Intervención General de la Administración de la Comunidad, y de las consecuencias que de dichas actuaciones se deriven."

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-07-2017 en vigor desde 07-07-2017