Df 17 Medidas para paliar la crisis producida por los efectos de la guerra en Ucrania
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 17ª. Deslegalización
Vigente
El Consejo de Gobierno, mediante decreto, puede modificar las normas que contienen las disposiciones adicionales cuarta y quinta y finales sexta, séptima, octava y decimosexta de este decreto ley, así como el contenido de la disposición adicional séptima de la Ley 4/2021, de 17 de diciembre, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que deben financiarse con fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que se modifica mediante el apartado 2 de la disposición final novena de este decreto ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-03-2022 en vigor desde 31-03-2022