Df 15 Presupuestos 2020 I. Balears
D.F. 15ª. Modificaciones del Decreto 110/2002, de 2 de agosto, por el que se regula el procedimiento para llevar a cabo la autonomía de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios de la Consejería de Educación y Cultura de la comunidad autónoma de las Illes Balears
1. La letra h) del apartado 1 del artículo 7 del Decreto 110/2002, de 2 de agosto, por el que se regula el procedimiento para llevar a cabo la autonomía de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios de la Consejería de Educación y Cultura de la comunidad autónoma de las Illes Balears, queda modificada de la siguiente manera:
h) Los remanentes de los ejercicios anteriores, cuyo importe se incorporará, en su caso, al ejercicio corriente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 del presente decreto.
2. Se añade un nuevo apartado, el apartado 4, al artículo 9 del mencionado Decreto 110/2002, con la siguiente redacción:
4. No obstante lo previsto en los apartados anteriores, cuando el remanente del ejercicio anterior supere el 10% de las asignaciones procedentes de la Consejería de Educación, Universidad e Investigación, esta podrá detraer de la asignación del siguiente ejercicio una cantidad equivalente a dicho exceso.
- Texto Original. Publicado el 31-12-2019 en vigor desde 01-01-2020