Df 15 Agraria
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D.F. 15ª. Normas reglamentarias autonómicas relativas a productos agrícolas de rebusco.

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Para preservar la seguridad alimentaria, la protección del medio ambiente y la leal comercialización agroalimentaria, podrán dictarse normas reglamentarias sobre productos agrícolas obtenidos al amparo del derecho consuetudinario de recolección tolerada de frutos sobrantes de cosecha, una vez recolectada, alzada o levantada, tradicionalmente denominada rebusca o rebusco, especialmente sobre los períodos de rebusco, requisitos especiales de trazabilidad de dichos productos y medidas de restauración de la legalidad que impidan su ilícita comercialización.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-03-2015 en vigor desde 26-06-2015