Df 14 Medidas para paliar la crisis producida por los efectos de la guerra en Ucrania
D.F. 14ª. Modificación de la Ley 5/2021, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2022
El artículo 34 de la Ley 5/2021, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2022, queda modificado de la siguiente manera:
Artículo 34
Límite máximo de gasto del servicio público de comunicación audiovisual para el año 2022
De acuerdo con lo previsto en el artículo 29 de la Ley 5/2013, de 1 de octubre, audiovisual de las Illes Balears, el límite máximo de gasto anual, en el ejercicio de 2022, para la financiación del servicio público de comunicación audiovisual es de 33.765.000 euros, correspondiente a los créditos por transferencia de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a favor del Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears, sin perjuicio de las generaciones de crédito que, durante el ejercicio de 2022, puedan llevarse a cabo por razón de lo previsto en el artículo 7.3 de esta ley, los cuales no se computarán a efectos de este límite, ni tampoco los préstamos reintegrables que se concedan al ente público de acuerdo con la Ley de finanzas de la comunidad autónoma de las Illes Balears, ni las aportaciones extraordinarias de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears que se acuerden por el Consejo de Gobierno, a propuesta conjunta de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad y de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores, previo informe de la Dirección General de Presupuestos.
- Texto Original. Publicado el 31-03-2022 en vigor desde 31-03-2022