Df 12 Presupuestos 2020 Canarias
D.F. 12ª. Modificación de la Ley 6/2018, de 28 de diciembre, de modificación de la Ley 13/2014, de 26 de diciembre, de Radio y Televisión Públicas de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Se modifica el apartado 3 del artículo 18 de la Ley 6/2018, de 28 de diciembre, de modificación de la Ley 13/2014, de 26 de diciembre, de Radio y Televisión Públicas de la Comunidad Autónoma de Canarias, que quedaría redactado con el siguiente texto:
«3. Las retribuciones a percibir por la prestación de sus servicios serán las que la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias atribuya a los viceconsejeros, pudiendo recibir además de la retribución básica, una indemnización complementaria que tendrá carácter potestativo, retribuyendo esta la consecución de objetivos, previamente establecidos, conforme a parámetros evaluables, y que no podrá ser superior al 30% de la retribución básica.
La determinación del cumplimiento de los objetivos, a efectos de la percepción de la retribución variable, se llevará a cabo por la Junta de Control».
- Texto Original. Publicado el 31-12-2019 en vigor desde 01-01-2020