Df 12 Cambio climático
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D.F. 12ª. Elaboración del proyecto de ley del impuesto sobre las emisiones portuarias de grandes barcos

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Tiempo de lectura: 2 min

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1. El Gobierno debe presentar al Parlamento el proyecto de ley del impuesto sobre las emisiones portuarias de grandes barcos, de modo que el Parlamento pueda aprobar la ley correspondiente y el impuesto pueda entrar en vigor en 2019. En todo caso, el Gobierno debe aprobar el anteproyecto antes del 1 de diciembre de 2017 y debe dar cuenta de ello a la comisión del Parlamento competente en materia de medio ambiente.

2. El proyecto de ley del impuesto sobre las emisiones portuarias de grandes barcos debe tener en cuenta, en todo caso, los siguientes aspectos:

a) El impuesto debe gravar las emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx) durante las maniobras de atraque y durante la estancia del barco en el muelle.

b) Los ingresos derivados del impuesto deben destinarse a la dotación del Fondo para la Protección del Ambiente Atmosférico.

c) La base imponible son los kilogramos de óxidos de nitrógeno emitidos por el barco durante las maniobras y durante su estancia en el puerto. Las emisiones de óxidos de nitrógeno deben calcularse con la metodología establecida por la Unión Europea a través de la Agencia Europea de Medio Ambiente y utilizando los factores de emisión aprobados por esta.

d) La cuota debe determinarse en función de la base imponible y del tipo impositivo, que debe situarse en un valor estimado de 1.000 €/tNOx.