Df 10 Turismo de C León
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D.F.10ª. Entrada en vigor

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La presente ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Por lo tanto, mando a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley la cumplan, y a todos los Tribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir.

Valladolid, a 9 de diciembre de 2010.

El Presidente de la Junta de Castilla y León, Fdo.: J uan V ICente H errera C ampo

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  • Texto Original. Publicado el 20-12-2010 en vigor desde 20-03-2011