Df 10 Simplificación admi... económica

Df 10 Simplificación administrativa y apoyo a la reactivación económica

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.F. 10ª. Modificación del Reglamento de máquinas recreativas y de azar de la Comunidad Autónoma de Galicia, aprobado por el Decreto 39/2008, de 21 de febrero

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se modifica el número 5 del anexo del Reglamento de máquinas recreativas y de azar de la Comunidad Autónoma de Galicia, aprobado por el Decreto 39/2008, de 21 de febrero, que queda redactado como sigue:

«5. Número de máquinas y distribución.

1. El número de máquinas que se podrán instalar y explotar en los salones recreativos y de juego será, como mínimo, de 5 máquinas de las tipologías previstas en la Ley 14/1985, de 23 de octubre, reguladora de juegos y apuestas en Galicia, respectivamente.

2. Las máquinas se colocarán de forma que ni ellas ni sus espacios de utilización obstaculicen los pasillos y las vías de circulación.».

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-02-2021 en vigor desde 18-03-2021