Df 10 Presupuestos 2020 I Balears

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D.F. 10ª. Modificaciones de la Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social en la comunidad autónoma de las Illes Balears

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1. El apartado 2 del artículo 12 de la Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social en la comunidad autónoma de las Illes Balears, queda modificado de la siguiente manera:

2. Se exige solvencia técnica acreditada mediante requisitos técnicos de acreditación o estándares de calidad; experiencia previa en la gestión de los servicios objeto del contrato, que se tiene que determinar, en cada caso, en el pliego de cláusulas administrativas particulares; y disposición de equipo humano profesional en materia de gestión de los servicios licitados.

2. La letra d) del apartado 2 del artículo 18 de la mencionada Ley 12/2018 queda modificada de la siguiente manera:

d) El poder adjudicador de que se trate no tiene que haber adjudicado a la organización un contrato para los mismos servicios de acuerdo con este artículo en los tres años precedentes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2019 en vigor desde 01-01-2020