Df 1 Vivienda y Lucha contra la Ocupación
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»D.F. 1ª. Desarrollo reglamentario.
Vigente
En el plazo máximo de dos años, contado a partir de la entrada en vigor de esta ley, el Gobierno regional iniciará los trámites de la regulación reglamentaria necesaria para el desarrollo de esta Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-03-2015 en vigor desde 28-03-2015