Df 1 TR de la ley de prot...s animales

Df 1 TR. de la ley de proteccion de los animales

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D.F. 1ª. Desarrollo y ejecución

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1.1 El Gobierno debe dictar, en el plazo de un año a contar desde la entrada en vigor de la Ley 22/2003, de 4 de julio, de protección de los animales, el reglamento para su desarrollo y ejecución.

1.2 El Gobierno debe establecer la suficiente dotación presupuestaria para aplicar y desarrollar esta Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-04-2008 en vigor desde 18-04-2008