Df 1 Sistemas de indemniz...inversores

Df 1 Sistemas de indemnización de los inversores

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D.F. 1ª. Habilitación competencial.

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El presente Real Decreto tiene carácter básico y se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado atribuida por el artículo 149.1.11ª. y 13ª. de la Constitución Española.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-08-2001 en vigor desde 05-08-2001