Df 1 Servicios sociales de C. León
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»D.F. 1ª. Catálogo de servicios sociales de Castilla y León.
Vigente
1. La Junta de Castilla y León aprobará el catálogo de servicios sociales de Castilla y León en el plazo máximo de dieciocho meses desde la entrada en vigor de la presente ley.
2. Transcurrido un año de su vigencia se procederá a evaluar su aplicación y se podrán proponer las modificaciones que se consideren pertinentes. A esta evaluación será de aplicación igual trámite de informe que el previsto para la elaboración del catálogo.
A esta evaluación será de aplicación igual trámite de informe que el previsto para la elaboración del catálogo de servicios sociales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-12-2010 en vigor desde 21-03-2011