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Df 1 Servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera

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D.F. 1ª. Modificación de la Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores.

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El artículo 8 de la Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de compensación y liquidación de valores queda redactado como sigue;

«Artículo 8. Sistemas españoles reconocidos por esta ley.

A efectos de lo dispuesto en la presenta ley, y sin perjuicio de que puedan reconocerse nuevos sistemas en el futuro de conformidad con el artículo 4, se consideran y reconocen como sistemas españoles de pagos y de compensación y liquidación de valores y productos financieros derivados los siguientes;

1. El Sistema Nacional de Compensación Electrónica, gestionado por la Sociedad Española de Sistemas de pago, Sociedad Anónima, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la presente ley.

2. El sistema de liquidación de valores ARCO, gestionado por la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal.

3. La entidad de contrapartida central BME Clearing S.A.U.

4. TARGET 2-Banco de España (abreviado TARGET 2-BE), sistemas de pagos gestionado por el Banco de España y componente español del sistema de grandes pagos denominados en euros «TARGET 2», gestionado por el Sistema Europeo de Bancos Centrales, incluidas sus conexiones con los demás componentes nacionales de TARGET 2.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-11-2018 en vigor desde 25-11-2018