Df 1 Reglamento para la ejecución de la Ley 2/1989, de Impacto Ambiental
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»D.F. 1ª.
Vigente
Se faculta al Conseller de Administración Pública para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de lo establecido en el presente Reglamento, y para establecer mediante Orden la determinación de aquellos proyectos o actividades señalados en el anexo I que, por su características, puedan quedar sometidos a Estimación de Impacto Ambiental.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-10-1990 en vigor desde 31-10-1990