Df 1 Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de guardia civil y de situaciones administrativas
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»D.F. 1ª. Título competencial.
Vigente
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.4.ª y 149.1.29.ª de la Constitución, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva en materia de defensa y Fuerzas Armadas, y de seguridad pública, respectivamente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-07-2017 en vigor desde 01-08-2017