Df 1 Registro general de explotaciones ganaderas
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»D.F. 1ª. Título competencial.
Vigente
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13. a y 16. a de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y de bases y coordinación general de la sanidad, respectivamente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-04-2004 en vigor desde 14-04-2004