Df 1 Registro Estatal de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual
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»D.F. 1ª. Facultades de ejecución.
Vigente
1. El titular del Ministerio de Industria, Energía y Turismo podrá dictar las disposiciones de aplicación y ejecución de este real decreto.
2. El titular del Ministerio de Industria, Energía y Turismo podrá modificar por resolución el contenido de los anexos de este real decreto.