Df 1 Registro Central de ...s Sexuales

Df 1 Registro Central de Delincuentes Sexuales

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D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, por el que se regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia.

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El Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, por el que se regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia queda modificado como sigue.

Uno. El apartado 2 del artículo 1 queda redactado del siguiente modo:

«2. Dicho Sistema de registros estará integrado por el Registro Central de Penados, el Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica y de Género, el Registro Central de Medidas Cautelares, Requisitorias y Sentencias no Firmes, el Registro Central de Rebeldes Civiles, el Registro de Sentencias de Responsabilidad Penal de los Menores y el Registro Central de Delincuentes Sexuales.»

Dos. Se incluye una letra f) en el apartado 3 del artículo 2 con la siguiente redacción:

«f) Registro Central de Delincuentes Sexuales: la inscripción de la información relativa a quienes hayan sido condenados por sentencia judicial firme por los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales, así como por trata de seres humanos con fines de explotación sexual, incluyendo la pornografía, de conformidad con la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2015 en vigor desde 29-02-2016