Df 1 Régimen Jurídico y Económico de los Puertos
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»D.F. 1ª. Desarrollo reglamentario.
Vigente
El desarrollo reglamentario de esta ley se llevará a efecto de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 112 y 119.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía y en el artículo 44 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-12-2007 en vigor desde 16-01-2008