Df 1 Reconocimiento, Homenaje, Memoria y Dignidad a las Víctimas del Terrorismo
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»D.F. 1ª. Habilitación normativa.
Vigente
1. Se habilita al Gobierno de Cantabria para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de lo establecido en esta Ley.
2. Se habilita al Gobierno de Cantabria para actualizar las cuantías de las ayudas previstas en la ley.
3. El Gobierno de Cantabria, en el plazo máximo de un año a partir de la entrada en vigor de esta Ley, aprobará el decreto de desarrollo de la misma.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-04-2023 en vigor desde 15-04-2023