Df 1 Presupuestos 2020 Murcia

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D.F. 1ª. Modificación la Ley 4/1994, de 26 de julio, de Salud de la Región de Murcia.

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Se modifica la redacción del artículo 28 de la Ley 4/1994, de 26 de julio, de Salud de la Región de Murcia, quedando redactado del siguiente modo:

«Artículo 28. Contratación de obras, adquisición y arrendamiento de bienes y servicios. Contratación centralizada.

La realización de obras de nueva construcción, remodelación, ampliación, reforma y, en su caso, reparación de los centros sanitarios dependientes del Servicio Murciano de Salud, así como su equipamiento, corresponderá a la Consejería competente en materia de sanidad o al propio Ente Público en los términos que se determine por las normas organizativas regionales.

La adquisición, arrendamiento y contratación de bienes y servicios del Servicio Murciano de Salud corresponderá autorizarla, con carácter general, a los órganos de dirección o gestión que determine el Consejo de Gobierno, de acuerdo con lo previsto en el artículo 25.4 de la presente Ley.

No obstante lo anterior, la adquisición o contratación de bienes, suministros o servicios de carácter común y general, que no guarden relación directa con la atención sanitaria a los pacientes, podrá llevarse a cabo, previo Acuerdo de Consejo de Gobierno, a través de un sistema centralizado de contratación de suministros y servicios, de conformidad con la normativa regional aplicable.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-04-2020 en vigor desde 26-04-2020