Df 1 Presupuestos 2019 Murcia
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D.F. 1ª. Modificación del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia.

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Con efectos desde la entrada en vigor de esta ley y vigencia indefinida se modifica el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre, de la siguiente forma:

Uno. Se modifica el apartado 2 del artículo 17, que queda redactado como sigue:

«2. La Consejería competente en materia hacienda podrá autorizar, con los requisitos y contenido que se establezcan, a los bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito, que en adelante serán llamadas entidades de depósito, para actuar como entidades colaboradoras en la recaudación de los derechos económicos de la Hacienda Pública Regional.

En ningún caso las autorizaciones anteriores atribuirán el carácter de órganos de recaudación a dichas entidades.»

Dos. Se modifica el apartado 5 del artículo 45, que queda redactado como sigue:

«5. La competencia para autorizar las generaciones de crédito corresponde al titular de la consejería competente en materia de hacienda, a propuesta de la consejería afectada.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2018 en vigor desde 01-01-2019