Df 1 Pesca de La Rioja

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DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Desarrollo reglamentario.

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En el plazo de un año desde su entrada en vigor, el Consejo de Gobierno de La Rioja efectuará el desarrollo reglamentario de esta Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-03-2006 en vigor desde 09-06-2006