Df 1 Participación de las entidades locales en los tributos autonómicos
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 1ª. Habilitación normativa.
Vigente
El desarrollo reglamentario de esta ley se llevará a efecto de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 112 y 119.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía y 44 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-06-2010 en vigor desde 25-06-2010