Df 1 Ordenacion del Terri...e La Rioja

Df 1 Ordenacion del Territorio y Urbanismo de La Rioja

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DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Modificación de la Ley 8/1995, de 2 de mayo, del Deporte de La Rioja.

Vigente

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El artículo 10 de la Ley 8/1995, de 2 de mayo, del Deporte de La Rioja, quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 10. Planeamiento urbanístico.

1. Los municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja deberán prever en sus respectivos instrumentos de planificación urbanística la reserva de espacios o zonas destinadas a infraestructura deportiva.

2. Corresponde a los Ayuntamientos, en todo caso, asegurar el cumplimiento de la legislación urbanística en materia de reserva de espacios y zonas deportivas, de acuerdo con las necesidades de los habitantes y las posibilidades del medio natural.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-05-2006 en vigor desde 04-11-2006