Df 1 Modificación del Real Decreto 181/2008, para adaptarlo al Tablón Edictal Judicial Único
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»D.F. 1ª. Título competencial.
Vigente
El presente real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en los artículos 149.1.5.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de Administración de Justicia y 149.1.18.ª, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas y sobre el procedimiento administrativo común.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-05-2021 en vigor desde 01-06-2021