Df 1 Modificación 2013 de diversos impuestos y otras medidas tributarias
D.F. 1ª.-Modificación del Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Decreto Foral Legislativo 153/1986, de 13 de junio.
Con efectos para los periodos impositivos iniciados durante los años 2014 y 2015, el artículo 22.B. Tercero del Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Sociedades, tendrá el siguiente contenido:
"Tercero. Podrá deducirse de la cuota líquida a que se refiere el apartado primero de esta letra el importe resultante de aplicar a las cantidades satisfechas, así como a las entregas de bienes o de derechos y a las prestaciones de servicios, por gastos de publicidad derivados de contratos de patrocinio de aquellas actividades deportivas, culturales y de asistencia social que sean declaradas de interés social por los Departamentos competentes de la Administración de la Comunidad Foral, los porcentajes de la siguiente escala:
BASE DE LA DEDUCCIÓN | PORCENTAJE A APLICAR |
Hasta 30.000 euros inclusive | 30 por 100 |
Exceso hasta 60.000 euros inclusive | 35 por 100 |
Exceso sobre 60.000 euros | 40 por 100 |
No obstante lo anterior, en los periodos impositivos iniciados en 2014 el porcentaje a aplicar será el 50 por 100 cuando se cumplan los siguientes requisitos:
a) Que los sujetos pasivos no se hayan acogido a esta deducción en los periodos impositivos iniciados durante los años 2012 y 2013.
b) Que los sujetos pasivos satisfagan en el año 2015 por gastos de publicidad derivados de contratos de patrocinio un importe igual o superior al 50 por 100 del efectuado en2014.
La base de la deducción será la siguiente:
a) En el caso de cantidades satisfechas, su importe.
b) En el caso de entregas de bienes o de derechos, su valor neto contable, que no podrá exceder del precio medio de mercado.
c) En el caso de prestaciones de servicios, su coste, incluido en su caso la amortización de los bienes cedidos.
A los efectos de la mencionada declaración de interés social se tramitarán ante aquellos Departamentos los correspondientes expedientes".
- Texto Original. Publicado el 30-12-2013 en vigor desde 31-12-2013